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Sala de lo Constitucional admite 6 de 7 recursos contra Decreto 58-2025 sin suspensión provisional.

 


La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió a trámite seis de siete recursos de amparo e inconstitucionalidad interpuestos contra el Decreto Legislativo 58-2025, aprobado por la bancada de Libre en el Congreso Nacional, que ordena repetición del escrutinio de votos en elecciones generales del 30 de noviembre de 2025. La decisión, notificada el viernes 16 de enero de 2026, no incluye suspensión del acto reclamado, manteniendo vigente la declaratoria del CNE que proclama a Nasry Asfura presidente electo pese a impugnaciones de Libre.

Antecedentes del Decreto controvertido

El Decreto 58-2025, sancionado por Xiomara Castro tras sesión del 8-9 de enero convocada por Luis Redondo, anula resultados oficiales del CNE por presunto fraude en actas, exigiendo "voto por voto, acta por acta" en tres niveles electorales ante margen presidencial <0.7%. Presentado por Hermes Ramírez (PN-Asfura), Defensores de Honduras, diputados PN-PL-PSH y Edgardo Molina, los recursos alegan violación a alternabilidad del poder y supremacía del CNE, sin respuesta inicial de la Sala en 48 horas constitucionales.

Recursos admitidos y exclusión

Seis acciones fueron admitidas: amparo de Ramírez solicitando suspensión de actuaciones congresionales; recursos de inconstitucionalidad de PN y grupo multipartidista; amparo de Defensores de Honduras y acción de Ruth Lafosse por legitimación ciudadana (artículo 40 Constitución). El séptimo recurso permanece pendiente. Abogados como Marlon Arévalo piden acumulación para resolución unificada, evitando fragmentación judicial pre-instalación congresional del 21 de enero.

Implicaciones para transición electoral

La admisión sin suspensión valida temporalmente la posesión de Asfura (27 de enero) y directiva provisional, marginando reclamos de Libre sobre "robo" en 1 millón de votos. Críticos de Libre ven maniobra para blindar resultados TSE, mientras Redondo insiste en fraude probado por informe congresual. La Sala debe resolver fondo en plazos breves, impactando gobernabilidad 2026-2030 con PN (49 curules), PL (41) y Libre (30).

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