El Congreso Nacional de Honduras respondió formalmente a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre seis recursos de amparo e inconstitucionalidad contra el Decreto 58-2025, que ordena recuento total de votos de las elecciones del 30 de noviembre de 2025, defendiendo su legalidad con argumentos jurídicos, técnicos y constitucionales pese a críticas por "carencias" en las impugnaciones opositoras. El expresidente del Legislativo Luis Redondo, en mensaje viral en X, reiteró que la norma protege la "voluntad popular" ante un "fraudulento proceso electoral", invocando arts. 3, 4 y 375 de la Constitución para defender soberanía y democracia vía voto en urnas. Esta réplica llega horas antes de la instalación de la nueva legislatura el 21 de enero, con el CNE rechazando ejecución por vicios constitucionales del decreto.
Argumentos del Congreso
Redondo enfatizó que la Sala no es "el único intérprete" de la Constitución; todo ciudadano debe defenderla contra amenazas a la democracia, alegando fraude, injerencia y "desastre electoral" que impone poderes sin votos populares, violando artículos pétreos. Sostiene que contar "voto por voto" respeta Estado de Derecho y voluntad soberana, independientemente del ganador, acusando a consejeras del CNE (Ana Paola Hall et al.) de actuar "al margen de la ley" y garantizando impunidad. Advierte que declaratorias no son firmes por recursos pendientes, llamando al pueblo a "luchar" contra "golpe electoral" si persiste la "usurpación".
Respuesta del CNE
Presidenta Ana Paola Hall replicó que el CNE, autónomo, agotó competencias con declaratoria oficial de Asfura (40,27%) al 97,8% escrutado; decreto adolece nulidad por no tener dos tercios congresionales requeridos para reformas electorales. Imposibilitado de reabrir escrutinio o acatar instrucciones legislativas, remite impugnaciones a vías judiciales.
Contexto Postelectoral
Sala Constitucional admitió seis de siete recursos sin suspensión provisional, tensionando poderes ante posesión de Asfura el 27 de enero. Libre aprobó decreto con quórum simple; PN lo tilda "golpe"; EE.UU. respalda Asfura vía Rubio
El día de hoy, el Congreso Nacional, ha dado respuesta a la solicitud de la Sala de lo Constitucional con relación a un recurso de amparo y a un recurso de Inconstitucionalidad interpuestos con evidentes carencias de argumentos jurídicos contra el Decreto No. 58-2025. Las respuestas contienen los argumentos jurídicos, técnicos y constitucionales que sustentan la actuación del Congreso Nacional en relación con el referido decreto. Si bien, la Sala de lo Constitucional es el último intérprete de la Constitución, no es el único. Ya que la Constitución ordena a todo ciudadano y autoridad a defender la soberanía, el territorio, la forma de gobierno y con ello a la Democracia (art. 3, 4 y 375 de la Constitución). Democracia, que se sustenta en la voluntad popular y que se manifiesta a través del voto de cada ciudadano en las urnas. Democracia que no se respetó en este innegable fraudulento proceso electoral 2025. La defensa de la Constitución no consiste en acomodarla para favorecer a unos pocos, sino en respetarla para garantizar los derechos de todos. Contar voto por voto y completar el escrutinio de la totalidad de las Juntas Receptoras de Votos es respetar el Estado de Derecho, la democracia que es la voluntad soberana del pueblo, gane quien gane, y más aun, en medio de este desastre electoral marcado por el fraude, la injerencia y otros hechos que avergüenzan a la institucionalidad democrática de la nación. Se ha llegado a tal deterioro del proceso electoral, de pretender imponer a un Presidente de un Poder del Estado sin que haya obtenido un tan solo voto de los ciudadanos o la voluntad popular. Usurpando claramente la voluntad popular y violentando los artículos pétreos de la Constitución. Las consejeras y un consejero suplente del Consejo Nacional Electoral no han cumplido, no han respetado y han actuado al margen de la Constitución y de la Ley Electoral. Cualquier amparo que se les haya otorgado en esas condiciones constituye una garantía de impunidad y representa una vergüenza institucional que sienta un grave y peligroso precedente para la voluntad popular y la democracia del país. El pueblo debe saber que, aún, con la falta de protección a la voluntad popular y a la democracia por parte de la Sala de lo Constitucional. Todo el pueblo sabe que las supuestas declaratorias no están firmes (porque no se han agotado todos los recursos jurídicos contra ello), por lo que aún y cuando se concrete este golpe electoral y usurpación de los poderes del Estado, del pueblo hondureño dependerá si permitirá que continúe este golpe electoral o luchará por restablecer el orden constitucional.