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Diputadas de distintas bancadas del Congreso Nacional de Honduras elevaron a la Corte Suprema la disputa por la crisis legislativa que atraviesa el país.

 


Diputadas de distintas bancadas del Congreso Nacional de Honduras elevaron a la Corte Suprema la disputa por la crisis legislativa que atraviesa el país. Las congresistas Merary Díaz, Francis Argeñal y María Antonieta Mejía presentaron un recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que dio vida a la Comisión Permanente del Parlamento, considerada por sus impulsoras como una ruptura del orden constitucional.

El recurso ante la Sala Constitucional

Las diputadas impugnaron la Resolución 001-2025-CP/CN, mediante la cual la Junta Directiva del Congreso Nacional decidió instalar una Comisión Permanente para asumir funciones en medio del conflicto político. Argumentan que dicha resolución no puede calificarse como un simple acto administrativo, sino como una decisión de fondo que altera la estructura y el funcionamiento ordinario del Poder Legislativo. Sostienen que, por su alcance, debió seguir el procedimiento formal de formación de la ley y respetar requisitos de quórum y votación propios de las decisiones de alto impacto institucional.

Según el escrito, la resolución adolece de vicios de forma y de contenido: de forma, porque habría sido adoptada sin la debida deliberación en sesión plenaria ni la participación de todos los diputados; de contenido, porque la Comisión Permanente tendría facultades que la Constitución no le reconoce, sustituyendo de hecho al pleno del Congreso. Las diputadas señalan que esta figura fue utilizada de manera excepcional y sin justificación constitucional válida, lo que convierte el acto en un intento de concentrar poder legislativo en un grupo reducido de parlamentarios.

Argumentos de inconstitucionalidad

El recurso plantea que la Resolución 001-2025-CP/CN viola principios esenciales del orden constitucional hondureño, entre ellos la separación de poderes, la representación democrática y el principio de legalidad. En su criterio, la Junta Directiva excedió las competencias que la Constitución le otorga, al crear un órgano permanente con atribuciones que desbordan las previstas para situaciones extraordinarias. Esto, afirman, erosiona la soberanía popular, porque deja sin voz efectiva a buena parte de los diputados electos.

Las congresistas también advierten que la resolución altera el funcionamiento regular del Congreso, al permitir que un grupo reducido tome decisiones clave sin el debate parlamentario amplio que exige la Carta Magna. A su juicio, se trata de una reconfiguración de facto del Poder Legislativo que solo podría hacerse mediante reforma constitucional y no mediante una decisión interna de la Junta Directiva. Por ello solicitan que la Sala Constitucional declare la nulidad de la normativa cuestionada y restituya el funcionamiento pleno del Congreso.

Solicitud de medidas cautelares urgentes

Además de pedir la declaratoria de inconstitucionalidad, las diputadas solicitan a la Sala Constitucional la adopción de medidas cautelares de carácter urgente. Pretenden que, mientras se resuelve el fondo del recurso, se suspendan los efectos de la resolución que instaló la Comisión Permanente. Con ello buscan evitar que este órgano continúe aprobando decisiones que luego podrían ser invalidadas, generando inseguridad jurídica y mayores tensiones políticas.

Las peticionarias sostienen que mantener en funcionamiento a la Comisión Permanente mientras se dirime la constitucionalidad de su origen podría causar daños irreparables al sistema democrático. Citan como ejemplo la posibilidad de que se tramiten nombramientos, reformas legales o decisiones presupuestarias sin el control del pleno del Congreso. A su juicio, la suspensión provisional es necesaria para preservar el equilibrio institucional y la confianza de la ciudadanía en el Estado de derecho.

Omisión legislativa y presupuesto 2026

El recurso también pone sobre la mesa la omisión del Congreso Nacional de discutir y aprobar oportunamente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2026. Las diputadas argumentan que esta falta de debate presupuestario constituye una violación de los deberes del Poder Legislativo y tiene consecuencias directas en el funcionamiento democrático del Estado. Sin un presupuesto debidamente aprobado, señalan, se compromete la financiación de políticas públicas, programas sociales y el funcionamiento de los poderes del Estado.

En el escrito se señala que la crisis interna del Congreso y la decisión de trasladar funciones a la Comisión Permanente han paralizado la deliberación sobre el presupuesto, lo cual afecta tanto a las instituciones como a la población que depende de los servicios estatales. Las congresistas piden a la Sala Constitucional que tome en cuenta esta omisión como parte del daño institucional provocado por la resolución impugnada y que emita lineamientos para garantizar que el debate presupuestario se realice con el pleno de los diputados y en observancia de los procedimientos constitucionales.

Escalada de la crisis institucional

La presentación del recurso de inconstitucionalidad refleja una nueva escalada en la crisis política hondureña, en la que el control del Congreso y la interpretación de sus atribuciones se han convertido en eje de disputa. Mientras el sector que respalda a la Junta Directiva defiende la legalidad de la Comisión Permanente y la presenta como un mecanismo para garantizar la continuidad institucional, las diputadas recurrentes y otros sectores de oposición consideran que se trata de un paso hacia la concentración de poder y la marginación de voces disidentes.

La resolución que adopte la Sala Constitucional será clave para definir el rumbo del conflicto: si respalda la creación de la Comisión Permanente, consolidará la posición de la Junta Directiva; si la declara inconstitucional, obligará a recomponer el funcionamiento del Congreso y a reabrir el espacio de deliberación plena, incluyendo temas tan sensibles como el Presupuesto General 2026. En cualquier escenario, el caso se perfila como un precedente importante en materia de control constitucional de las decisiones internas del Poder Legislativo en Honduras.

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